Nuevas deducciones familiares anticipadas


Se podrán solicitar por familia numerosa o personas discapacitadas a cargo del contribuyente.

familia numerosLas DAFAs son una copia de las vigentes Deducciones Anticipadas por Maternidad, diferenciándose en que las nuevas deducciones son familiares y no por contribuyente. Una familia con tres descendientes con derecho a deducción podrá solicitar las tres, por tanto los 1.200,00 € por beneficiario dará derecho a la familia a una deducción de 3.600,00 €, será posible al igual que la deducción por maternidad, solicitar a la Agencia Tributaria la percepción anticipada, en el ejemplo sería de 300,00 mensuales, esta familia podrá optar por una de las dos modalidades propuesta de solicitud de la deducción de forma anticipada: colectiva e individual.

  • Las nuevas deducciones por familia numerosa y personas con discapacidad a cargo se podrán obtener de forma anticipada, mes a mes
  • La Agencia Tributaria ha comenzado a enviar cartas a los posibles beneficiarios informando de los requisitos y procedimiento para la solicitud del cobro mensual
  • Los beneficiarios deberán presentar un formulario de solicitud, individual o colectivo, por cada una de las deducciones a las que tengan derecho
  • La solicitud se podrá presentar por internet o teléfono a partir del 7 de enero y presencialmente desde el 3 de febrero

La solicitud del pago anticipado se podrá realizar de manera colectiva o individual mediante la presentación de un nuevo modelo, el 143, por cada una de las deducciones, acumulables entre sí, a las que los beneficiarios tengan derecho (100 euros mensuales por familia numerosa y por cada descendiente y ascendiente con discapacidad; 200 euros en el caso de familias numerosas de categoría especial).

Las deducciones, que podrán alcanzar los 1.200 euros anuales por cada descendiente o ascendiente con discapacidad y por familia numerosa, y los 2.400 euros en el caso de familias numerosas de categoría especial, se calcularán de forma proporcional al número de meses en que se cumplan los dos requisitos:

  1. Realizar una actividad por la que se cotice a la Seguridad Social o mutualidad alternativa.
  2. Tener derecho a la aplicación del mínimo por descendiente o ascendiente con discapacidad, o ser ascendiente o hermano huérfano de padre y madre formando parte de una familia numerosa.

El límite para cada una de las deducciones serán las cotizaciones y cuotas totales a la Seguridad Social y/o mutualidades devengadas en cada período impositivo. Si se tuviera derecho a la deducción por contar con varios ascendientes y/o descendientes con discapacidad, el límite se aplicará de forma independiente respecto de cada uno de ellos.

Para ampliar información sobre como solicitarlo o cualquier otro tema relacionado con la deducción, no duden en contactar con nuestros asesores fiscales.